El dilema de la desconexión digital. ¿Quién es responsable de la hiperconectividad?
La desconexión digital se contempla en España como un derecho de las personas trabajadoras, de acuerdo al Artículo 88 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) y el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores. De esta forma, la facultad de no responder correos ni mensajes de la empresa después del horario laboral ayuda a profesionales a proteger su salud mental y reducir el estrés, entre otros aspectos.




